viernes, 30 de octubre de 2009

Intentos de violación a 100 euros



El segundo monstruo del Eixample  había perseguido a dos niñas que consigueron refugiarse en un portal. al que el acusado intentó entrar golpeando la puerta, aunque finalmente se quedó en la calle masturbándose mientras las miraba fijamente. .El juez de primera instancia le mandó a la cárcel. Pero la Audiencia Provincial de Barcelona, purista, ha considerado los hechos como "vejaciones injustas". Multa de 200 € y a la calle.
Sospecho que, si hay 'vejaciones injustas', también habrá "vejaciones justas". Por cierto, ¿qué son las 'vejaciones justas'?. ¿Es que, en según qué casos, el vejador imparte justicia sin ser juez? ¿Hay que ser juez para aplicar, justamente, las vejaciones? ¿Se refieren sus señorías a algún caso (o juez)  en particular?
Dicen los disccionarios que vejación es la  acción de maltratar a una persona para humillarla y ofenderla. ¿Meneársela (uno mismo) es maltrato? ¿Es ofensa? ¿La menea quien quiere o quien puede?
Ardo en deseos de leer la sentencia completa para analizar los razonamientos jurídicos del caso, a ver si es cierto que se habla de las 'vejaciones injustas'.  Me interesa sobremanera saber ante quién me debo hacer las pajas, y en qué condiciones,  para que  me consideren justiciero.
El Zorro pajillero, o así.

domingo, 25 de octubre de 2009

Estoy excomulgado (gracias a Dios)



Tengo plaza reservada en el infierno.   

En 2000 fui requerido por una paciente para testificar en su proceso de nulidad matrimonial. Tras veintitres años de matrimonio, muy desgraciado, fue ella la que demandó el proceso. El marido era miembro extranumerario del  Opus Dei y estaba en contra de la anulación. Pero, al no poder evitarla, trató de que la causa de nulidad fuera "enfermedad mental de uno de los cónyuges" que constituía un "vicio de consentimiento" al impedir que el cónyuge enfermo hubiera entendido en qué consistía el sacramento. Si esto se demostraba así, el acto matrimonial no habría sido válido y se consideraría nulo.


La mujer, menos ambiciosa, alegaba error al apreciar pretendidas virtudes o cualidadesdel futuro cónyuge antes de casarse. O sea, pensaba que el marido era cariñoso cuando, en realidad, era muy esquinado. O sea, grave error al consentir, lo que también provocaba que el sacramento se considerase nulo.

La esposa, en este caso, era la que tenía el dinero. El marido y sus abogados estaban muy interesados en conseguir la anulación por enfermedad mental, posible primer paso para una futura incapacitación y la declaración del sufrido esposo como tutor legal, o quizá el hijo (de 21 años) aspirante a numerario del Opus Dei.

Mi testimonio revelaba que la mujer padecía depresiones, pero descartaba esquizofrenia u otras patologías que restasen su capacidad dce juicio.

Para excluirme del proceso, no encontraron nada mejor que expurgar mis páginas web y mis publicaciones, donde, entre otras aberraciones, me mostraba firme partidario del uso de preservtivo como método anticonceptivo, especialmente en las relaciones adolescentes.

Recibí un certificado del tribunal eclesiástico cuyo titular, con rango de prelado, declara que, a la vista de mis escritos, yo poseía una moral incompatible con la ética cristiana. Quedaba así excluído de cualquier acto de la santa madre iglesia.

Al cabo declararon nulo el matrimonio a causa de que la mujer no estaba muy fina, aunque sin atreverse a declararla loca de remate. Nueve años después, bien anulado su casorio, sigue soltera y feliz.

Servidor, fuera de la Iglesia católica sin necesidad de apostatar. Ellos se lo pierden.